Recepción de manuscritos

ENVÍOS

Los autores interesados en publicar en esta colección deberán enviar sus manuscritos a la dirección de correo electrónico manuscritos@derechopenalycriminologia.es, habilitada a tal efecto.

EVALUACIÓN

Los directores realizan una primera evaluación de la propuesta para verificar que se adecua en fondo y forma a los estándares de la colección. Una vez la obra ha superado esta primera evaluación de manera positiva, los directores acuerdan enviarla a valorar por parte de un tercero ajeno a la editorial y experto en la materia.

TRAS LA ACEPTACIÓN

Una vez aceptados los originales, a los autores se les dan todas las instrucciones que requieran a la hora de adaptar los originales para ajustarse a las sugerencias realizadas por el evaluador anónimo. Durante todo el proceso de producción de la obra, los autores están en contacto con el departamento de producción de Marcial Pons para resolver cualquier duda que les pueda surgir en cualquier fase del proceso.

NORMAS DE ESTILO

  1. Los autores entregarán los originales en un archivo de texto editable, como por ejemplo en un documento Word u Open Office.
  2. No es necesario enviar el original con una tipografía, tamaño de letra o márgenes específicos, pero sí se sugiere que el texto venga con un interlineado de 1,5 líneas (esto es, ni doble ni simple).
  3. La numeración de notas comenzará desde 1 en cada capítulo.
  4. El índice irá al principio y la bibliografía irá al final.
  5. Se sugiere usar la siguiente jerarquía para los apartados y subpartados:

    • Capítulos numerados en romanos, en versal negra
    • Epígrafes numerados (1), en versal fina
    • Apartados numerados (1.1), en caja baja negra
    • Subapartados numerados (1.1.1), en caja baja cursiva
    • Divisiones de los subapartados (1.1.1.1), en caja baja redonda

    Es posible usar cualquier otro sistema para jerarquizar los diferentes apartados de la obra, siempre y cuando dicho sistema se utilice uniformemente.

  6. No se exige seguir un sistema concreto de citas bibliográficas, pero es indispensable que se cite siempre usando el mismo sistema a lo largo de toda la obra.
  7. En caso de aportar una bibliografía al final de la obra, se sugiere seguir este orden: apellidos en versalitas, inicial del nombre, año, artículo de una revista o capítulo de un libro en comillas angulares, título de la revista o de la obra en cursiva, si se trata de una revista luego el número y entre paréntesis si se menciona el tomo o volumen, luego los dos puntos seguido de las páginas. Por ejemplo:

    • COLOMER, J., 1998: «The Spanish “State of Autonomies”: Non-Institutional federalisms», West European Politics, 21 (4): 40-52.
    • PUTNAM, R., 1995: Making democracy work. Civic traditions in modern Italy. Princeton: Princeton University Press.

    También es aceptable ordenar de otra forma los diferentes elementos de cada referencia bibliográfica, siempre y cuando se use el mismo orden de forma sistemática en toda la bibliografía. Lo que sí es indispensable en esta sección es que las referencias se ordenen alfabéticamente por el apellido de los autores.

  8. Las citas en el texto principal o cuerpo de notas irán en redonda (= no cursiva) y entre comillas «angulares».
  9. Las comillas dentro de comillas pasarán a ser comillas “voladitas”.
  10. Las citas en otros idiomas distintos al principal irán en cursiva y entrecomilladas.
  11. Los gráficos, tablas y/o material fotográfico deberán acompañarse con un breve texto al pie del mismo. No obstante la editorial se reserva la posibilidad de modificar su tamaño o su ubicación, en razón de la diagramación o diseño de la misma. El contenido gráfico enviado podrá estar compuesto por imágenes, fotos, figuras u otros similares, que deberán ser perfectamente nítidos y formar parte del contenido del documento. Todo el material gráfico deberá ser insertado en el archivo de texto, en la ubicación aproximada en la que se solicita sea incluido. Además, necesariamente, debe adjuntarse en archivos independientes del archivo de texto, con una resolución mínima de 250 dpi/ppp en formato tiff o jpg. Cada elemento gráfico deberá estar numerado consecutivamente según su tipo, identificado a través de una leyenda explicativa a modo de título de la imagen, e indicar la fuente de origen en cada caso. Para el caso de las tablas, gráficos, esquemas o diagramas, éstos deben ser confeccionados con el procesador de texto con que se redacta el artículo y ser incluidas en el cuerpo del trabajo. Por lo anterior, estos elementos NO deben ser enviados de manera independiente ni en formato de imagen

CÓDIGO ÉTICO

A) Deberes del editor

  1. Considerar para su publicación los manuscritos enviados, basando la decisión exclusivamente en el mérito académico y científico de los mismos, y el cumplimiento de las reglas editoriales.
  2. Garantizará la imparcialidad al gestionar los trabajos propuestos y el respeto a la independencia intelectual de sus autoras y autores. Los manuscritos enviados serán evaluados atendiendo exclusivamente a su contenido, sin tener en cuenta la raza, el género, la orientación sexual, la creencia religiosa, la adscripción política o la escuela filosófica de autoras y autores.
  3. Realizar de oficio o solicitar al autor las modificaciones pertinentes para adecuar el manuscrito a las reglas editoriales.
  4. En caso de no cumplirse las normas editoriales, o de sospecha de conflicto de interés o fraude académico, el editor deberá rechazar la publicación del manuscrito.
  5. Enviar los manuscritos aceptados para su revisión a los evaluadores externos, garantizando el anonimato y la confidencialidad respecto de terceros del texto.
  6. Realizar de oficio o a solicitud de terceros, las medidas correspondientes para evitar o reparar los casos de plagio, autoplagio, doble publicación, u otros tipos de fraude académico, así como de conflictos de interés.
  7. Realizar las aclaraciones, rectificaciones, enmiendas o retiradas de artículos necesarias para solucionar los problemas detectados con posterioridad a la publicación del libro.
  8. Mantener comunicación constante con autores y evaluadores externos, aclarando las dudas que surjan en el proceso de revisión, evaluación y publicación.
  9. Recibir y contestar las consultas de terceros ajenos al proceso de publicación.

B) Deberes de los evaluadores externos

  1. Los evaluadores deberán realizar un análisis objetivo de los manuscritos sometidos a su revisión. Los evaluadores solo podrán aceptar la revisión de aquellos textos respecto de los cuales tengan la suficiente competencia, experiencia y conocimiento para poder realizar su análisis.
  2. Los evaluadores deberán informar sobre potenciales conflictos de interés al editor.
  3. Estos deberán rehusar el encargo de valorar un trabajo si no se reconocen cualificados en el área temática del mismo o en caso de existir conflictos de interés.
  4. Los evaluadores deberán mantener la confidencialidad del manuscrito durante el proceso de revisión. No podrán difundir de modo alguno el contenido de este, sin consentimiento del editor o el autor del manuscrito.
  5. Los evaluadores deberán informar en el plazo asignado por el editor de las observaciones respecto del manuscrito, las que deberán ser fundadas, así como de la recomendación de publicación.

C) Deberes del autor

  1. El libro debe ser original, inédito y debe contener aportes significativos en el área de investigación del Derecho penal y la Criminología.
  2. Los autores, por el hecho de publicar en la colección, aceptan las normas editoriales y de propiedad intelectual de Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales.
  3. Los autores deben realizar las correcciones solicitadas por la dirección y el equipo editorial de Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales.
  4. Las fuentes que se utilizan en el artículo deben citarse con precisión y exhaustividad, sin incurrir en ningún tipo de plagio.
  5. Deberá indicarse que se conoce y acepta el contenido de la normativa por la que se rige la colección y de su código ético y de buenas prácticas, y que la versión del trabajo que envía no ha sido publicada ni se encuentra en proceso de publicación; de no hacerlo, se requerirá esta declaración, con apercibimiento de que, si no se remite en el plazo establecido, el trabajo no será tenido en consideración para su publicación.